TEPJF instruye al INE registre a Jaime Rodríguez “El Bronco”

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por mayoría de votos, el dictamen y el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual determinaron que el aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República, Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, no cumplió con el porcentaje de apoyo ciudadano requerido y le negó el registro. Al haber considerado que no se respetó la garantía de la audiencia en el proceso de revisión, instruyó a la autoridad electoral registrar al quejoso.

Al resolver el juicio SUP-JDC-186/2018 y acumulado, el Pleno del TEPJF consideró fundado el alegato de Rodríguez Calderón, quien argumentó que no se le permitió verificar conjuntamente con la autoridad electoral la totalidad de los apoyos que fueron considerados inválidos de aquellos que había presentado. Además, alegó que el INE le negó el derecho a ejercer una completa y adecuada defensa, porque el procedimiento instaurado por el Instituto a través de una aplicación le impidió contar con argumentos y pruebas para contradecir esa decisión, a pesar de haber asistido en 12 ocasiones a audiencias ante la autoridad electoral.

Lo anterior, porque no se le dieron a conocer las causas o supuestos que, con base en la legislación general electoral o los lineamientos de verificación le indicaran el motivo de su invalidación; no se le permitió contar con respaldo de la documentación analizada por la autoridad; hubo rubros que la autoridad consideró unilateralmente que no eran subsanables por lo que no le dio acceso al actor a su revisión y tampoco lo hizo respecto de la totalidad de los apoyos registrados en la etapa preliminar.

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