Con 357 votos a favor, 94 en contra y una abstención, el Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó el segundo dictamen en materia hacendaria.
Se trata del Código Fiscal, el cual envió el Gobierno Federal el 8 de septiembre de este año.
El dictamen que aprobaron los diputados sufrió diversos cambios, aquí te enumeramos 10.
1.- Se quitó la cláusula de anti- elusión, que pretendía otorgar al SAT autoridad para concluir, de acuerdo a su juicio, si una operación realizada por la empresa es de carácter de negocios o no y así y fijar las responsabilidades fiscales del contribuyente.
2.- La autoridad fiscal publicará en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y RFC de morosos o personas con las que sea riesgoso tener negocio.
3.- Respecto a la responsabilidad solidaria, se terminó que sólo será por el porcentaje de participación que se tenga. Esto quiere decir que si un socio comete un acto fraudulento, se le cobrará a la otra parte asociada pero no en su totalidad.
4.- Buzón tributario, el cual permitirá a la autoridad reforzar la comunicación con los contribuyentes a través de su página de Internet sin costo alguno.
5.- El dictamen fiscal será opcional para todas aquellas compañías cuyos ingresos rebasen los 100 millones de pesos. Es decir, sólo este tipo de empresas deberán certificar con un contador privado autorizado sus estados financieros.
6.- Las personas físicas o morales que quieran tener contratos de servicios, arrendamiento o construcción de obra pública con el gobierno, deberán estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
7.- Se avaló la propuesta de Fiscalización electrónica, en la cual el contribuyente podrán entregar al SAT las declaraciones y documentos, así mismo recibirán el resultado y podrán corregir en tiempo real.
8.- Todas las operaciones fiscales realizadas por los contribuyentes, deberán estar respaldadas por comprobantes fiscales digitales y enviarlos vía Internet.
9.- Las personas a las que se les detecte uso indebido de comprobante fiscal, se le notificará mediante su buzón tributario para que a la brevedad explique su situación.
Tendrán 30 días para rectificar, de lo contrario se procederá a las sanciones establecidas.
10.- Se vigilarán las deducciones que se hagan a través de donación a asociaciones civiles, para garantizar que no se evadan los impuesto a través de estas.