Aprueban Ley de Protección de Datos para “sujetos obligados”

Los responsables, sujetos obligados, deberán establecer y mantener medidas de seguridad para proteger los datos personales

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 318 votos a favor, 77 en contra y 34 abstenciones, el dictamen de la minuta por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

La ley establece las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales en posesión de sujetos obligados, que son cualquier autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

Los responsables, sujetos obligados, deberán establecer y mantener medidas de seguridad para proteger los datos personales que posean contra cualquier daño, pérdida, alteración, destrucción o su uso, acceso o tratamiento no autorizado, así como garantizar confidencialidad, integridad y disponibilidad.

Del mismo modo, adoptarán medidas de prevención respecto a vulneraciones a los datos personales que posean conforme a las mejores prácticas, evaluar impactos y determinar tratamientos intensivos o relevantes, entre otras acciones.

Al fundamentar el dictamen, Rogerio Castro Vázquez, presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, destacó que con esta ley se inicia una nueva forma de mirar desde el Estado la protección de datos personales.

Añadió que este derecho garantiza a la persona el poder de control y disposición de sus datos; el conocimiento sobre quién los posee y los objetivos de su tratamiento.

En tribuna el legislador de Morena enumeró los objetivos del dictamen y resaltó los principios y deberes de los responsables para la protección de datos personales, así como los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los titulares.

“A partir de ahora, desde el momento en que el ciudadano vaya a hacer un trámite en alguna dependencia, tendrá el aviso de privacidad, el cual podrá leer con tranquilidad antes de entregar sus datos personales a cualquier dependencia. También podrá hacer una solicitud de acceso, rectificación u oponerse a la publicación de sus datos personales”, explicó.

Agregó que en caso de que la autoridad o la normativa no aplique, o bien, que el ciudadano no se sienta satisfecho con la respuesta de la dependencia, podrá promover ante el INAI un recurso de revisión.

“También se contemplan sanciones administrativas que van desde la inhabilitación hasta la amonestación. Se establecen diversas disposiciones sobre la relación entre el responsable, sujeto obligado y el encargado del manejo de la protección de datos personales; se regula la portabilidad, comunicaciones, transferencias y remisiones de datos personales”, concluyó.

El diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del PRI, resaltó que la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados es la tercera pieza legislativa en materia de transparencia. “Ya aprobamos las leyes general y federal de Transparencia. Ahora, nos ocupa la esfera privada de los particulares”, dijo.

Consideró que la ley propuesta es sólida y abundante respecto a su contenido normativo y clara en la descripción de procedimientos para hacer efectivo el derecho a la protección de datos personales.

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