Invalidación si el voto nulo supera al obtenido por candidato

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A fin de que se pueda anular una elección cuando el número de votos nulos sea mayor al de los candidatos, la senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza presentó una iniciativa para reformar el artículo 41 de la Constitución Política.

La legisladora señaló que la confianza que los ciudadanos tienen en los partidos políticos se ha visto demeritada, cada vez más, con el paso de los años.

Indicó que si se compara el 37.20% de abstencionismo reflejado en las últimas elecciones presidenciales y el 4.76% de los votos nulos que se registró en los comicios federales de 2015, “nos damos cuenta que los ciudadanos desaprueban no sólo a los partidos políticos, sino también a los propios candidatos”.

La participación de los ciudadanos en los procesos electorales, agregó, “se ha visto mermada con los altos niveles de abstencionismo y tenemos gobernantes que ganan elecciones” en esta condición.

Y preguntó: “¿Cómo puede considerarse legítimo un presidente que obtuvo 38% de los votos de 63% de quienes participan en el listado nominal?”

Al respecto, la senadora agregó: “Si ofrecemos a los ciudadanos la oportunidad de anular su voto con el reconocimiento y la trascendencia legal que ello implica, podemos garantizar una mayor participación ciudadana, sobre todo, de aquellos que se abstienen de votar, y que representan casi 40% de ciudadanos del listado nominal”.

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