La Guardia Nacional ya tiene andamiaje legal

Una de las instituciones más esperadas por la sociedad está lista en el ámbito reglamentario

Guardia Nacional.
Foto: Cuarto Oscuro.
Norberto Vázquez
Nacional
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Ciudad de México, 27 de mayo. Luego de un arduo debate cercano a los cinco meses para establecer sus ámbitos estructural, de mando y jurídico, por fin 50 mil efectivos que formarán parte del plan de paz y seguridad nacional mediante la operatividad de la Guardia Nacional tienen un andamiaje reglamentario que les dotó el Congreso de la Unión a través de la creación de tres leyes y modificaciones a una existente para con ello legalmente guiar su actuación y buscar abatir la incesante criminalidad a lo largo y ancho del territorio nacional.

Para expertos, era urgente la regulación cuando el primer cuatrimestre de 2019 cerró con un incremento en la tasa de víctimas de homicidio y feminicidio del 5.6% respecto al mismo periodo del año pasado el cual había batido el récord, lo que convierte al primer cuatrimestre en el más violento del que haya registro oficial.

Los datos de incidencia delictiva actualizados en abril por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), arrojan para ese mes hubo una cifra de dos mil 716 víctimas de homicidio doloso y 76 de feminicidio: en total dos mil 792 víctimas, lo anterior, significa que durante este mes fueron asesinadas diariamente en promedio 93 personas.

Por tal motivo, agregan los especialistas, era necesario que se aprobaran las leyes secundarias de la Guardia Nacional representadas como la Ley de la Guardia Nacional, la Ley del Registro de Detenciones y la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, así como reformas a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) con la finalidad de combatir de manera contundente a la delincuencia común que roba casas, autos y asesina por el hurto de celulares y a la bien organizada que secuestra, extorsiona, trafica con enervantes y se constituye en cárteles delictivos altamente establecidos.

Contenido

Con la Ley de la Guardia Nacional, el organismo de seguridad tendrá funciones precisas. “Realizará la función de seguridad pública a cargo de la Federación y, en su caso, también a cargo de una o más entidades federativas y uno o más municipios, conforme al mecanismo de coordinación y los convenios que para tal efecto se celebren”, se expone.

En su composición, se detalla que será “una institución policial, armada, civil, disciplinada, profesional y permanente, con autonomía técnica, operativa y de mando. Estará adscrita, con carácter de órgano administrativo desconcentrado, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana cuyo titular ejercerá el mando originario y salvaguardará la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, contribuirá a la generación y preservación del orden público y la paz social”, se determina.

Su competenciaserá: “prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen las normas aplicables; salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos; realizar investigación para la prevención de los delitos; efectuar tareas de verificación en el ámbito de su competencia para la prevención de infracciones administrativas; recabar información en lugares públicos para evitar el fenómeno delictivo, mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta que resulten necesarias para la generación de inteligencia preventiva”, dice.

Además de “llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención e investigación de delitos; realizar análisis técnico táctico o estratégico de la información obtenida para la generación de inteligencia, realizar bajo la conducción y mando del Ministerio Público las investigaciones de los delitos cometidos”, afirma la legislación.

Mientras, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza “establece que el uso de la fuerza se hará en todo momento con pleno respeto a los derechos humanos, el impacto del uso de la fuerza en las personas estará graduado de la siguiente manera: persuasión, restricción de desplazamiento, sujeción, inmovilización, incapacitación, lesión grave y muerte”, se explica.

Incluso, se “considera como amenazas letales inminentes: la acción de apuntar con el cañón de un arma de fuego o una réplica de la misma en dirección a una persona; no soltar dichos instrumentos después de una advertencia clara; y poner en riesgo la integridad física de una persona con un arma punzocortante, entre otras”.

De tal suerte que “el uso de la fuerza letal será el último recurso en cualquier operativo. En su caso, los agentes deberán comprobar que la agresión era real, actual o inminente, sin derecho, que ponía o podría poner en peligro la vida o integridad física de personas ajenas o de uno de ellos”, afirma.

En tanto, la Ley Nacional del Registro de Detenciones tiene como objetivo establecer un banco de datos actualizado con información que permita identificar y localizar a las personas, inmediatamente después a su detención. “Busca prevenir violaciones a los derechos humanos, en particular actos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y la desaparición forzada”, expone.

Además, el Registro Nacional de Detenciones formará parte del Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública será una base de datos que concentre la información a nivel nacional sobre las personas detenidas por la comisión o probable comisión de un hecho delictivo o una falta administrativa o de buen gobierno.

También, “el Registro no sólo será actualizado y armonizado permanentemente con otras bases de datos para dar seguimiento a la localización física de las personas detenidas, sino que estará interconectado para su consulta en tiempo real”, expone el documento.

Finalmente las modificaciones a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública “incluye bases para la formación policial: selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de instituciones de seguridad pública y establece que la Guardia Nacional, y los demás cuerpos policiacos, deberán apegarse única y exclusivamente a la doctrina de carácter policial civil para el ejercicio de sus atribuciones”, se exhibe.

Determina que “el agente de seguridad deberá regirse por el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al principio de legalidad y a la jerarquía de mando, e indica como una de las funciones primordiales de las instituciones policiales, a las tareas de proximidad social. Esto permitirá al policía contar con los conocimientos necesarios para auxiliar y asistir a la ciudadanía”, argumenta la ley.

Acuerdos

Ricardo Monreal, coordinador del grupo parlamentario de Morena asegura que con esta aprobación “se está escribiendo la historia con el consenso de todas las fuerzas políticas. Se aprueban leyes de avanzada y novedosas con las que el Estado mexicano podrá enfrentar el enorme desafío de la inseguridad y violencia creciente en el país”, dice.

Monreal destaca “el compromiso y disposición de todos los grupos parlamentarios que antepusieron el bien de México por encima de sus intereses partidistas para que estos ordenamientos legales se enriquecieran con las aportaciones de todos y se lograra la unanimidad”, asume.

El senador Damián Zepeda del PAN, dice que “se están aprobando cuatro grandes leyes que van a darle forma a la Guardia Nacional. Felicito al Senado y a los coordinadores de los grupos parlamentarios por su capacidad política de diálogo, consenso y acuerdo. Desde Acción Nacional queremos apoyar una estrategia que recupere la paz para los mexicanos.

Manifiesta que “México vive un momento de profunda violencia e inseguridad, un problema de Estado que todos deben contribuir a resolver. Se está aprobando algo muy positivo para el país y se da muestra de que la pluralidad puede lograr acuerdos, y si se pone por delante el interés del país, se logran cosas maravillosas”, concluyó.

Del grupo parlamentario del PRI el senador Miguel Ángel Osorio, indica que gracias a que se escucharon todas las voces las leyes aprobadas dejarán claro que la Guardia es una institución de carácter civil a cargo de autoridades civiles. “Le estamos dando al gobierno las herramientas que nos han pedido y que estiman necesarias en su estrategia para atender la inseguridad”, advierte.

Y expone: “Ahora, les toca dar resultados porque nuestro compromiso es con la ciudadanía. Todas las fuerzas políticas hemos tenido que ceder, pero al hacerlo ha ganado México. Acordar no debilita, por el contrario, nos fortalece”.

El senador Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD destaca “la voluntad política de todas las bancadas para dialogar, pues sólo a través del debate se puede encontrar coincidencia de ideas. Especialmente cuando se trata de leyes de alcance nacional.
Expone que “aunque las normas secundarias no requieren mayoría calificada, la construcción de un consenso era clave para la legitimación de dichas normas. No existen leyes perfectas, sin embargo, éstas se acercan a las exigencias de organismos internacionales y, especialmente, a las de las mexicanas y mexicanos”.

Por todo esto, la reglamentación de la Guardia Nacional pone de manera oficial el surgimiento de la instituciones más esperada por la ciudadanía quien ha visto en los más recientes tres lustros denigrada su calidad de vida por la incesante violencia generada por la delincuencia organizada.

Estatus de la Guardia Nacional

La Guardia Nacional estará integrada por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; Secretaría de la Defensa Nacional, y Secretaría de Marina. Tendrá un control judicial que podrá solicitar la intervención de comunicaciones. La autorización judicial correspondiente podrá otorgarse a solicitud del comandante o del titular de la jefatura general de coordinación policial, cuando se constatare la existencia de indicios suficientes que acrediten que se está organizando la comisión de los delitos. El mando civil de la Guardia Nacional se atribuye al secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, en tanto que el mando operativo se otorga a un comandante nombrado por el Presidente de la República (Luis Rodríguez Bucio primer comandante de la Guardia Nacional) con requisitos que garanticen su aptitud e integridad personal.

Fuentes Ley de la Guardia Nacional.

Uso de la fuerza

Por ningún motivo se podrá hacer uso de armas contra quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas pacíficas con objeto lícito. En estos casos, la actuación policial deberá asegurar la protección de los manifestantes y los derechos de terceros, así como garantizar la paz y el orden públicos. Cuando las manifestaciones o reuniones públicas se tornen violentas, las policías deberán actuar de acuerdo con los distintos niveles de fuerza establecidos.

Fuentes Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

Detenciones bajo Derecho

El Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, será el órgano encargado de regular la operación del Registro Nacional de Detenciones. La operación y administración del Registro estará a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, quien emitirá alertas y bloqueos cuando los usuarios manipulen de manera inusual sus datos o se violenten privilegios de acceso al mismo.

Fuente Ley Nacional del Registro de Detenciones.

Sistema nacional de seguridad

Se crea el Sistema Nacional de Información en Seguridad Nacional que estará a cargo de la Federación y consolidará una base de datos criminalísticos y de personal de las instituciones de seguridad pública, compartida. Sustituye a todas las bases de datos existentes en materia de seguridad pública para unificarlas en el Sistema Nacional que las concentrará en una sola matriz interconectada con las instituciones de seguridad del país. El Centro Nacional de Información regulará el Servicio Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia bajo el número único 911.

Fuente Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Integración de la Guardia Nacional

Año

Institución

Elementos

2019

Sedena

14,833

2019

Semar

6,337

2020

Sedena

14,430

2021

Sedena

14,400

Total

50,000

Fuentes: Sedena, Semar y Gobierno de la República

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