Precisan facultades del INM en denuncias contra extranjeros

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El Senado avaló un dictamen que reforma el artículo 93 de la Ley de Migración, a efecto de precisar las facultades del Instituto Nacional de Migración (INM), en materia de denuncias formuladas en contra de extranjeros por la presunta comisión de delitos.

El documento establece que en relación a la recepción y atención de denuncias por la comisión de delitos, las atribuciones del Instituto sólo son para efectos de control, verificación o revisión migratoria, las cuales deberán ser turnadas a las autoridades competentes.

El objeto del dictamen es evitar una interpretación en la cual se considere que el INM tiene funciones ministeriales y policiacas.

Se refiere que durante la última década, el fenómeno migratorio se ha vinculado, con consideraciones de seguridad nacional y combate al crimen organizado, ya que la vulnerabilidad de los migrantes que ingresan a México a través de su frontera sur ha llevado, en muchas ocasiones, para que se vean involucrados en las dinámicas criminales.

Por ello, la clara definición de las competencias de cada una de las dependencias involucradas en la gestión migratoria y de seguridad nacional, es un requisito fundamental para garantizar que esta sea exitosa y promueva, como es su objetivo, la protección de los derechos humanos de los migrantes.

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