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El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución INE/CG638/2018 aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se determinó existencia de un vínculo indisoluble entre el fideicomiso “Por los demás” y el partido Morena, por lo que los recursos ingresados al fideicomiso están sujetos a las reglas de fiscalización y, en consecuencia, le impuso al partido una sanción por $197,046,415.92, al concluir que los recursos aportados al fideicomiso debían considerarse como aportaciones al partido y, con ello, acreditarse la recepción de financiamiento de fuentes prohibidas o desconocidas, además de no haberse informado oportunamente a la autoridad electoral la constitución del fideicomiso ni los recursos recibidos.
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La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la declaratoria de pérdida de registro de los partidos Nueva Alianza y Encuentro Social en virtud de no haber obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones federales ordinarias para diputaciones, senadurías y presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
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En el marco de su Sexto Informe de Gobierno
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La medida para evitar confusiones, afirma Polevnsky
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La sostenibilidad del turismo es una prioridad
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Puso los derechos de las personas con discapacidad en el debate público
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Recibirá el reconocimiento por su trayectoria como cronista
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Yemen ha permanecido en el caos desde septiembre de 2014
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Conapred da a conocer los resultados de la ENADIS 2017
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Un ataque aéreo fue lanzado cuando civiles huían de los combates
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) relacionada con el inicio de un procedimiento oficioso en contra de Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, excandidata independiente la Presidencia de la República, en el que se le obligó a identificar el origen real de la totalidad de las aportaciones recibidas durante el periodo de obtención de apoyo ciudadano.
