CENSURA EN REDES SOCIALES

La controvertida autorregulación de las plataformas: entre lo arbitrario y lo ilegal.

Norberto Vázquez
Cultura
Menlo Park, California, USA. February 25, 2021. Editorial Use Only, 3D CGI. Facebook Signage Logo on Top of Glass Building. Workplace Social Networking Service Company High-rise Office Headquarter.

Redes sociales como YouTube, Twitter y Facebook remueven videos, suspenden cuentas y expulsan a usuarios por el contenido ideológico que expresan en dichos medios, acciones con las que a decir de los expertos estas plataformas digitales violentan la libertad de expresión de millones de ciudadanos y ejercen a todas luces e injustificadamente una censura que obedece a sus propias reglas.

Advierten los especialistas en el tema que esas normas internas que las plataformas imponen con el argumento de que se trata de negocios privados (pero que operan y funcionan como un espacio público) no pueden estar por encima de las leyes, las Constituciones y los derechos fundamentales de cualquier país.

Quienes en última instancia deciden qué es legal o ilegal (es decir, si hay o no un delito de por medio) no son las redes sociales y sus normas internas, sino las leyes y los jueces, insisten expertos, legisladores y usuarios.

Señalan que en un Estado de Derecho el único criterio admisible para que las redes sociales supriman contenidos es que estos sean claramente ilegales, es decir, que transgredan una norma jurídica establecida, como incitar a la violencia o generen un daño físico a terceros.

En caso contrario, puntualizan, debe aplicarse siempre la interpretación que sea menos restrictiva a fin de proteger los derechos fundamentales y garantizar la libertad de expresión: todo lo demás es simple y llana censura.

Coinciden: la libertad de expresión no debe tener límites: nada de regulaciones —ni de empresas, ni de personas, ni de gobiernos; una red social es un espacio público donde todos pueden participar; cada quien crea sus grupos, seguidores y antagonistas; si estos ponen un nivel, sea de lenguaje, conceptual o temático, los mismos usuarios se ajustan a él. Como quien dice, “el que se lleva se aguanta”. Y si no le parece, pues busca otro espacio o genera su propio ambiente digital y de redes.

Durante la última década redes sociales como Facebook e Instagram, propiedad de Mark Zuckerberg; YouTube, propiedad de Google; y Twitter, de Jack Dorsey, tomaron un rol fundamental en la cotidianeidad de las personas, formando parte de su vida diaria.

Hasta hace poco estas redes sociales se consideraron como espacios idóneos para propiciar la libertad de expresión, la libre discusión de los distintos puntos de vista e inclusive la libre organización de las personas, pero la situación ha dado un vuelco y cada vez existen mayores preocupaciones y cuestionamientos sobre su papel.

En el caso particular de la libertad de expresión, acotan los especialistas consultados, estamos frente a un conjunto de medidas que adoptan las empresas de redes sociales para regular los contenidos que sus usuarios publican y comparten, medidas que incluyen eliminar y bloquear cuentas, restringir mensajes y remover videos, entre otras acciones.

Se trata ni más ni menos, agregan, de una situación en la cual un grupo de particulares —las empresas de redes sociales— toman claramente decisiones sobre qué pueden decir y compartir sus usuarios; es decir, están regulando, en los hechos, la libertad de expresión de las personas.

En México la reflexión y el debate sobre este nuevo modelo de censura comienza a ponerse sobre la mesa para exigir plena libertad de expresión en el entorno digital.

Señalamientos

Abel Revoredo, abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú, asegura que la censura es la alteración o supresión indebida del discurso, la escritura, las fotografías u otras formas de comunicación, con base en que dicho contenido puede considerarse de acuerdo a sus propios criterios subversivo, obsceno, pornográfico, políticamente inaceptable o perjudicial para el bienestar público.

Puntualiza que algunos gobiernos y entidades privadas usan esta figura para eliminar contenido por razones que ellos califican como de seguridad nacional, para evitar discursos de odio, proteger a niños y otros grupos, restringir la opinión política o religiosa y/o evitar la calumnia o la difamación.

Destaca que aun cuando creamos que las plataformas digitales son fuentes neutrales de divulgación, la realidad es que las redes sociales retiran información y suspenden cuentas amparándose en los términos y condiciones establecidas por ellas mismas.

“En otras palabras, cuentan con el poder suficiente para delimitar sobre qué temas se pueden debatir de manera abierta y establecen el tono de comunicación pública en su plataforma”, asevera.

Agrega que en las actuales circunstancias es importante determinar si la decisión de estas plataformas de bloquear algunos contenidos es parte de sus prerrogativas como empresas privadas o si atentan contra el derecho fundamental a la libertad de expresión.

“En Estados Unidos se ha considerado que en las relaciones de tipo privado —como en una red social— no existe la protección del derecho a la libertad de expresión. No podemos quedarnos tranquilos con la idea de que la autorregulación no debe tener límites. Por el contrario, debemos cuestionar si el hecho de vigilar y moderar el contenido de los usuarios constituye o no una violación de la libertad de expresión”, destaca.

Pone énfasis en que, a diferencia de Estados Unidos, en Europa se ha reconocido la protección de la libertad de expresión en las relaciones de tipo privado.

En este sentido, explica que hubo un caso que llegó a discutirse en la Corte Europea de Justicia y sentó un precedente: se estipuló que las redes sociales no están obligadas a monitorear los contenidos que se publican en sus espacios y que los tribunales de cualquier jurisdicción podrían obligar no solo a la eliminación local sino mundial de mensajes o comentarios que desde su punto de vista restrictivo violaran la ley local. Es decir, quitaron de tajo la autorregulación de las empresas de redes y las pasaron a los tribunales.

“¿Ante quién responden Instagram, Facebook, Twitter o Tik Tok si deciden borrar un mensaje? Las empresas son privadas, pero no pueden poner las normas que quieran. No pueden poner límites que vulneren derechos fundamentales”, insiste el especialista.

Alejandro Sánchez del Campo, abogado y director de máster en Derecho Digital, destaca por su lado que en caso de fricción debe imperar siempre la libertad de expresión. “Si perdemos esa libertad de expresión o aceptamos la autocensura o la vigilancia de estamentos públicos sobre nuestro discurso, puede conducirnos a un escenario muy peligroso”.

Menciona que algunos analistas consideran que las redes sociales han pasado de democratizar el acceso a la comunicación de masas a ser una herramienta del poder político para controlar a la opinión pública, como vemos con el cierre de cuentas a personalidades como presidentes, empresarios u otras personas influyentes en el mundo, por lo que vivimos una clara época de censura.

Afirma que se gesta de ese modo una involución en las redes sociales. “Los fundadores y los CEO de estas plataformas tienen una ideología y decidieron aplicar ese sesgo ideológico en sus negocios. Debemos distinguir aquí una cuestión: quien debe proteger al ciudadano es el Estado y no dejar en manos de particulares las posibilidades de que las plataformas censuren a sus ciudadanos”.

La libertad de expresión, puntualiza, “tiene unos límites que no se corresponden con los que aplican Twitter, Facebook, YouTube o Instagram. Es algo muy preocupante, porque supone restringir determinadas libertades a los ciudadanos”.

Poder Judicial

Otros especialistas, como Borja Adsuara, profesor y abogado en Derecho, estiman que las empresas digitales rompen con los derechos inalienables de las personas a la libertad de expresión, a pesar de que esta “no debe tener límites”.

Cuestiona que si estas firmas digitales censuran a presidentes y grandes empresarios a nivel global, ¿qué no harán con los demás usuarios?

Apunta a la gravedad del caso de Donald Trump, precisamente porque ni siquiera en una situación tan excepcional en donde estuvo de por medio la censura a una de las personas más poderosas en su momento se acudió a un juez.

“Hay gente a la que le suspendieron la cuenta durante días. Trump no fue el primero. Pero si lo han hecho con él, ¿qué podemos esperar el resto de tuiteros? La más absoluta arbitrariedad. No se ha acudido al juez ni en el caso del presidente de Estados Unidos. Me parece que habría merecido la pena. La regulación de los gigantes digitales no puede hacerse por la misma oligarquía digital”, expresa Adsuara.

Incluso el presidente Andrés Manuel López Obrador tomó postura sobre este hecho inédito en materia de libertad de expresión al señalar que no puede ser que redes sociales como Facebook y Twitter se erijan en censores como si fueran la Santa Inquisición, algo que atenta contra la libertad de expresión.

“Cómo una empresa se erige en poder, en un modo absoluto, en una especie de la Santa Inquisición, sobre las expresiones, las manifestaciones, el derecho a ejercer la libertad”, expuso entonces.

Al reconocer que este es un problema global, y para buscar una vía hacia la regulación de las redes sociales, López Obrador destacó que la libertad no debe quedar en manos de particulares. “No puede haber un organismo particular que se convierta en órgano de censura; la libertad debe garantizarse. Si existe alguna regulación corresponde a los Estados, a las naciones, no debe quedar en particulares”.

Legislar

En este escenario de censura por parte de las compañías de plataformas digitales el senador Ricardo Monreal Ávila tiene en el proceso parlamentario una iniciativa para regular las redes sociales y proteger el derecho a la libre expresión de sus usuarios, la cual modificaría la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Monreal señala que no se trata de censurar, eliminar u obstaculizar el derecho a la libre expresión, sino por el contrario, de protegerlo y que no sea un ente privado, por muy poderoso o rico, el que decida qué contenido o qué personas suprimir de su red.

Apunta que el internet y el ciberespacio son públicos, es decir, son propiedad de la nación, por lo que regularlos ayudará a que todas las empresas estén en condiciones similares para prestar este servicio.

“Los estándares de protección de los derechos fundamentales, como lo es el derecho humano a la libertad de expresión en el ciberespacio, no deben ser regulados por empresas privadas”, insiste también.

A juicio de los especialistas, las redes sociales evolucionaron desde portales que permitieron acceder a lugares tan remotos para conectar y compartir información a través de las fronteras, hasta convertirse en campos de batalla de intelectuales y políticos donde todos los días se libran guerras digitales.

Por supuesto, aseguran, debe haber una regulación en algunos aspectos, pero debe regularse de manera inteligente para mantener a las plataformas digitales absolutamente libres y abiertas en su comunicación, proporcionando incentivos para la innovación en el futuro.

Hoy, sin embargo, las poderosas redes sociales se dan el lujo de imponer normas engorrosas de acuerdo a sus propios intereses e ideologías, lo que restringe la libertad de expresión de millones de usuarios, a pesar de que se trata de un derecho humano que no debe de tener límites.

Alcance de redes sociales en México

Servicio
Usuarios activos en 2019 (en millones)
Lugar mundial por usuarios activos
Facebook
84
5

YouTube

29.4
9
Instagram
24
8
Snapchat
14.8
6
Twitter
9.4
10

Fuente: Digital 2020 Global Digital Overview

Pronóstico de crecimiento en México

Servicio
Crecimiento porcentual estimado de usuarios activos (2020-2022)
Snapchat
17.5%
Facebook
14.2%
Instagram
15.2%
Twitter
9.6%

Fuente: OMDIA. Social media forecast 2019-24