DENUNCIAN “TERRORISMO FISCAL Y ESPIONAJE” POR PARTE DEL SAT

Medidas abusivas que lejos de abonar a la justicia fiscal pueden generar inequidad.

Norberto Vázquez
Foto: Especial
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Bajo la premisa de no aumentar impuestos pero sí la de ejecutar un contundente control de “terrorismo fiscal y espionaje al controlar la información personal de los clientes de la banca privada, de firmas que prestan servicio de telefonía e incluso la base de datos de la Comisión Federal de Electricidad (CFE)”, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá acceso a esta información de los ciudadanos con el fin de poder fiscalizar y ubicar a los contribuyentes.

Para diversos expertos estas medidas que se incluyeron en el Paquete Fiscal de 2020 afectarán directamente al fomento del ahorro y contribuirán a desincentivar más la inversión e incluso el crecimiento económico porque todas las instituciones bancarias y de préstamos deberán solicitar a los derechohabientes su correo electrónico, número de teléfono y otros medios de contacto para proporcionárselos al SAT.

Se trata, “simple y llanamente, de terrorismo fiscal, espionaje, persecución y hostigamiento en perjuiciodelos ciudadanos para que paguen”, denuncian los especialistas.

La justificación que hace el organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es que tiene como objetivo evitar que los contribuyentes entreguen documentos e información falsa a Hacienda o bien se escuden en que no fueron notificados de multas, avisos o trámites.

Ello se traduce, para los expertos, en que una vez más los pagadores de impuestos cautivos serán contra quienes arremeterá el gobierno para ampliar la tributación, mientras el comercio informal —“base de sus bastiones electorales y fuera del Estado de Derecho”— quedará intacto.

Y es que antes de estas modificaciones legislativas los bancos no estaban obligados a entregar esos datos a Hacienda —salvo el domicilio y el RFC—, pero ahora la gama de elementos personales que se manejarán incluyen nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, correo electrónico, número de teléfono o algún otro medio de contacto que determine el organismo tributario, con el fin de verificar los datos del registro fiscal de los cuentahabientes.

Contexto

El pasado 28 de enero el SAT solicitó de manera formal a bancos, empresas de telefonía y de suministro de energía gubernamental que entreguen algunos datos de sus clientes.

De manera específica, y de acuerdo con la resolución de la Miscelánea Fiscal 2020, el fisco podrá pedir a las instituciones bancarias que entreguen esta información de sus cuentahabientes, por lo que el artículo 32-B del Código Fiscal de la Federación se modificó para que bancos y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo recolecten correos electrónicos, números telefónicos u otros medios de contacto de sus clientes determinados por el SAT.

En el caso de empresas de telefonía, energía y casas de bolsa la Miscelánea Fiscal menciona que las compañías deberán entregar el RFC de sus clientes; y si las personas físicas no cuentan con uno podrán presentar la Clave Única de Registro de Población.

Cabe destacar que pese a que existe un secreto bancario dicha solicitud de información es una excepción establecida en el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, en la que se hace referencia al secreto fiscal, ya que una de las condiciones para ello es que las autoridades hacendarias soliciten este tipo de información a los bancos con “fines fiscales”.

Las modificaciones a la fracción V del artículo 32-B del Código Fiscal Federal quedaron formalmente de la siguiente manera: “Las Instituciones Financieras y Socap (Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo) están obligadas a obtener de sus cuentahabientes los datos relativos a su correo electrónico, número de teléfono o algún otro medio de contacto electrónico que determine el SAT. Con esta nueva medida se podrán alinear los datos de identidad respecto a contribuyentes inscritos a través de las Entidades Financieras y Socaps”.

“Espionaje”

Además al incluir la defraudación fiscal en el catálogo de delitos de la delincuencia organizada se abrió la puerta para que vía autorización judicial el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) —antes Centro de Investigación y Seguridad Nacional, Cisen— intervenga comunicaciones privadas de supuestos defraudadores.

Las reformas a las leyes de Delincuencia Organizada, Seguridad Nacional y a los códigos de Procedimientos Penales, Penal Federal y Fiscal de la Federación establecen que “se encuadraron delitos fiscales, con modalidades específicas, como el fraude, el contrabando y falsificación de facturas o documentos fiscales como amenazas a la seguridad nacional”. El documento se publicó el 11 de noviembre de 2019 en el DOF.

Con ello se agregaron este tipo de conductas al artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional (LSN), que se refiere a amenazas “inminentes” como sabotaje, terrorismo, destrucción de infraestructura estratégica, espionaje, tráfico de armas e interferencia de Estados extranjeros.

Incluso se adicionaron tres fracciones al artículo 5 de la LSN: “Actos tendentes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contrainteligencia; actos tendentes a destruir o inhabilitar la infraestructura de carácter estratégico o indispensable para la provisión de bienes o servicios públicos; y actos ilícitos en contra del fisco federal a los que hace referencia el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales”.

Con este cambio el CNI podrá solicitar en secreto a un juez la autorización para intervenir comunicaciones privadas de personas que hayan cometido fraudes fiscales superiores a 7.8 millones de pesos, mientras la solicitud deberá ser plenamente justificada ante la autoridad judicial, que tendrá la última palabra al respecto.

Expertos

Para el analista financiero Abel Mejía “el riesgo inminente es que estas medidas puedan derivar en terrorismo fiscal, entendido este como la situación donde las autoridades encargadas del diseño e implementación de los impuestos buscan recaudar por medios coercitivos y de hostigamiento al contribuyente, implementando normas sustantivas y de procedimiento excesivas para tal cobranza”.

Determina que “es abrir una puerta trasera para crear cargas fiscales sobre transacciones y activos que habían tenido un beneficio fiscal y que no necesariamente están relacionados con los ricos y poderosos a quienes quieren castigar”, asegura.

Menciona que “estas reformas tienen todos los tintes de ser unas medidas abusivas que lejos de abonar a una justicia fiscal pueden generar mucha inequidad por afectar desmedidamente a contribuyentes inocentes o en situación precaria”.

La especialista en temas fiscales Diana Bernal Ladrón de Guevara, a su vez, dice que la bancarización de las facturas se incorporará a las tarjetas de bancos. “La supuesta intención es facilitar la facturación, pero de fondo de lo que se trata es de detectar discrepancias fiscales que ocurren cuando un contribuyente gasta más de lo que declara de ingresos”.

Esta experta indica que “hay que tener mucho cuidado con el consumo con tarjetas bancarias pues el SAT ya lo bancarizó y se recomienda llevar un estricto control de gastos. De lo contrario el fisco podría reclamar un mayor pago de impuestos y corresponderá al contribuyente demostrar que no ha ganado más de lo que declaró; y de no hacerlo le aplicarán severas multas y sanciones”.

Y reflexiona: “El mensaje es muy claro: el gobierno actual seguirá repartiendo dádivas a diestra y siniestra y en lo agregado el gasto seguirá expandiéndose como cada año. Lo que demuestra que la austeridad republicana es pura y mera propaganda y nada más. Lo malo es que el gobierno no tiene dinero de los árboles sino de lo que nos quita mediante gravámenes. Un gasto creciente es incompatible con ingresos a la baja y la salida fácil es aumentar los impuestos. Eso harán”.

Concluye que “la peor parte de esto es que una reforma fiscal como la que se ha echado a andar contribuirá a desincentivar más la inversión y el crecimiento económico”.

Para los expertos bajo ninguna circunstancia el gobierno se apretará el cinturón del gasto, por lo que a todas luces busca obtener recursos vía recaudación de impuestos: este 2020 corre el riesgo de verse una auténtica cacería de brujas fiscal sin precedente.

Pymes, afectadas

La aplicación de la “ley pro terrorismo fiscal” tendrá un mayor impacto en las Pequeñas y medianas empresas (Pymes) de México, que estarán más vulnerables a caer en un error en el pago de sus impuestos, según la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (Anade). El organismo señala que en el país 99.8% de las unidades económicas son Pymes, las cuales generan cerca de 80% de los empleos y 42% del Producto Interno Bruto (PIB).

Contrastes

El estudio Tendencias del empleo profesional, realizado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), revela que un vendedor ambulante llega a ganar más de 15 mil pesos mensuales, pero ese vendedor ambulante no paga impuestos. En cambio el sueldo promedio mensual de los profesionistas ocupados en México es de once mil 549 pesos y estos sí pagan impuestos. Por ejemplo ciencias biológicas es el área que percibe los ingresos más elevados (13 mil 812 pesos), le siguen arquitectura, urbanismo y diseño (13 mil 549 pesos) y las ingenierías (12 mil 283 pesos), revela la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo. Además el Instituto Mexicano para la Competitividad difundió que la carrera de medicina es la mejor pagada (17 mil 449 pesos al mes), que es casi lo mismo que gana el ambulante vendedor de agua, dulces o botanas.