RUMBO A LA ELECCIÓN MÁS GRANDE DE LA HISTORIA

“El INE estima que alrededor de 98 millones de personas podrán votar en 2024”.

ELECCIONES 2024
Antonio Caporal
Nacional
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Definiéndolos como “mecanismos inéditos” el TEPJF resolvió que los partidos pueden desarrollar actividades encaminadas a designar a su candidato presidencial aun antes del periodo de precampañas.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el calendario y plan integral del proceso federal electoral 2023-2024, que “marcará el rumbo que seguirán” las autoridades en la organización de los que serán los comicios más grandes en la historia del país.

Al igual que hace tres años la elección federal será concurrente con 32 elecciones locales, lo que significa que más de 20 mil cargos estarán en disputa el 2 de junio del próximo año.

En este contexto de organización de los comicios tenemos que los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvieron por mayoría de votos que personajes del ámbito político, sean de Morena o del denominado Frente Amplio por México (FAM), pueden desde ahora recorrer el país en busca de obtener la candidatura presidencial para 2024.

¿Actos anticipados de campaña? ¿Violación en la equidad de la contienda? ¿Rebase del tope de gastos de precampaña? ¿Fiscalización de gastos? ¿Reformas electorales de 2007 y 2014? ¿Código de Procedimientos Electorales? ¿Ley de Partidos Políticos? ¿Constitución General de la República? Nada importa y nada detiene a la partidocracia.

Parecen, pero no son

El miércoles 19 de julio la Sala Superior del TEPJF determinó la “validez de la convocatoria para la selección de la persona responsable de la construcción del FAM”, lo que en los hechos significa que tanto los partidos de oposición como Morena podrán seguir con sus respectivos procesos encaminados a designar candidatos a la Presidencia de la República en 2024.

Debemos recordar que la controversia inició con una demanda presentada por ciudadanos integrantes y representantes del PT contra la convocatoria emitida por PAN, PRI y PRD.

El PT argumentó que la referida convocatoria “violenta los principios de legalidad y equidad en la contienda, ya que busca posicionar las plataformas electorales del PAN, PRI y PRD, así como promocionar a su futura candidatura a la Presidencia de la República, violentando los plazos establecidos por la normativa electoral, lo que genera actos anticipados de precampaña y campaña”.

También es preciso recordar que representantes del PRD y de MC interpusieron una queja contra el proceso que Morena lleva a cabo para designar a la persona que estará al frente de la Coordinación Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación y que, en los hechos, será el candidato morenista a la Presidencia.

En este sentido, la resolución del TEPJF en torno de la denuncia contra el frente opositor es también una respuesta a la denuncia contra Morena; es decir, al permitir que los partidos de oposición desarrollen actividades encaminadas a designar a su candidato presidencial los magistrados también estarían permitiendo que el morenismo haga lo propio.

El hecho es que en la sesión del miércoles 19 la magistrada Janine Otálora propuso al pleno “invalidar la convocatoria al considerarla un fraude a la ley, pues el proceso de selección impugnado implica actos anticipados (de campaña), lo cual vulnera los principios de legalidad y equidad en la contienda”.

Por tanto, propuso “detener de inmediato todas las acciones relacionadas con el proceso de selección”.

Una mayoría integrada por los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales y el presidente del tribunal, Reyes Rodríguez Mondragón, coincidió en que “este tipo de procesos partidistas pueden vulnerar la equidad de la contienda si se permite su desarrollo sin regulación alguna, pues son mecanismos inéditos que los partidos están utilizando para definir, en colaboración con la ciudadanía, su participación en el próximo proceso electoral”.

Asimismo, dicha mayoría de magistrados consideró que “invalidar la convocatoria y suspender en su totalidad el proceso es una medida excesiva, pues es posible salvaguardar la equidad en la contienda sin inhibir la participación política de la ciudadanía en los distintos procesos partidistas en curso”.

En resumen, los partidos sí desarrollan actos anticipados de campaña, pero ahora se les puede denominar “mecanismos inéditos”.

Fraude a la ley

La magistrada Otálora planteó una serie de argumentos para proponer la suspensión del proceso del frente opositor, que bien aplicarían igualmente para el proceso que organiza Morena.

Por ejemplo, la magistrada expuso que el artículo 226 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) “define a los procesos internos para la selección de candidaturas a cargos de elección popular como el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos y los aspirantes a dichos cargos con la finalidad de obtener su postulación”.

Añadió la magistrada Otálora: “También resulta relevante lo establecido en el artículo 227 de la misma LGIPE, que define como precandidata a la persona que pretende ser postulada por un partido político como candidata a un cargo de elección popular. Siendo que serán considerados como actos de precampaña aquellas reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, aquellos en que las precandidaturas se dirigen a la militancia, simpatizantes o al electorado en general con el objetivo de obtener su respaldo para ser postuladas”.

Resulta evidente que quienes aspiran a la “coordinación” de los Comités de Defensa de la 4T, así como los que buscan ser la “persona responsable de construir” el frente opositor, en realidad buscan ser candidatos a la Presidencia y, en consecuencia, están realizando actos anticipados de campaña.

Así lo explicó la magistrada: “Conforme a lo anterior, el proceso denunciado está diseñado antes de los tiempos que la ley electoral refiere para llevar a cabo los procesos internos de selección de los partidos políticos, por lo que existen indicios de que su creación (del frente opositor o de los comités de defensa) puede(n) eludir el cumplimiento de la ley”.

Estas conductas “encuadran en lo que la LGIPE define como proceso interno para la selección de una candidatura; sin embargo, todo esto pretende revestirse de legalidad mediante el argumento de que se trata de la selección de la persona Responsable de la Construcción de un Frente Amplio por México” (o bien de la Coordinación Nacional de los Comités de Defensa de la 4T).

Tales conductas “permiten una sobreexposición que generará una situación de desventaja y detrimento de otras opciones políticas que, en su momento y respetando los plazos establecidos en la normativa electoral, puedan aspirar a competir para un mismo cargo de elección popular”.

Para Otálora está claro que “todas estas circunstancias evidencian (…) la intención de cometer un fraude a la ley al obstaculizar la correcta aplicación de las normas que estructuran el proceso electoral federal”.

Agregó: “Se encuentra en curso un proceso adelantado y fraudulento de precampaña, que tendrá impacto en la selección de candidatura (…) resulta evidente la pretensión de sus aspirantes” (de buscar la candidatura presidencial).

Otálora consideró pertinente exponer “las consecuencias que atentan de forma grave en contra de los pilares que sostienen la democracia”.

A continuación, sus argumentos sobre las afectaciones que a su juicio se han causado al sistema electoral: “Vulneración al sistema electoral en su conjunto: desde la reforma electoral de 2007 se planteó la preocupación de reducir la duración de las campañas. Después se reguló todo lo relativo a las precampañas para evitar la sobreexposición de la ciudadanía a la propaganda y ofertas políticas y al clima de contienda adelantado. Esto a efecto de preservar la autenticidad de los comicios. Para ello se diseñaron mecanismos de corresponsabilidad de los partidos políticos y las autoridades electorales a efecto de vigilar el respeto a los tiempos de contiendas internas y procesos electivos de cara a la ciudadanía en general. Previniendo, además, procesos en los cuales pudieran intervenir financiamientos de fuentes desconocidas o no fiscalizables que rompieran con la equidad en la contienda”.

Además, refirió que estos procesos de los partidos de oposición y de Morena en realidad obstaculizan la revisión de gastos e ingresos por parte de las autoridades electorales: “La consecuencia de esto es que los actos de promoción y los recursos utilizados no cumplan los mecanismos diseñados para que el proceso electoral federal se desarrolle en condiciones de equidad en la contienda y con certeza de que los recursos involucrados no provinieron de entes prohibidos y con respeto a los topes de gasto que aseguran que el poder económico no se imponga a la voluntad ciudadana”, afirmó.

La magistrada concluyó: “Todos estos principios y salvaguardas de ley se han vulnerado sistemáticamente para eludir su cumplimiento. Esta situación es particularmente grave porque quienes están cometiendo este fraude a la ley son, por un lado, varios partidos políticos; y, por otro lado, quienes aspiran a ocupar la Presidencia, los cuales deben respetar invariablemente la Constitución y la ley electoral”.

Llamados a misa

En aquella sesión del miércoles 19 de julio la mayoría de magistrados de la Sala Superior solo aceptó solicitar al INE que emita “lineamientos” para regular los procesos de los partidos en los que busca definir quién será su candidato presidencial.

Por ejemplo, piden al INE que establezca que “no se pueden utilizar las prerrogativas de radio y televisión de los partidos políticos para difundir o posicionar estos procesos partidistas ni a las personas que participan en ellos”.

Además, solicitan al instituto que prohíba “el uso de recursos públicos” y que establezca que “siguen prohibidos los actos anticipados de precampaña y campaña”.

La ruta

Por lo pronto, el Consejo General del INE ya aprobó el calendario y plan integral que seguirá el instituto para la organización del proceso electoral federal 2023-2024.

La consejera Carla Humphrey explica que el calendario está “conformado por 612 actividades debidamente programadas y alineadas a 116 subprocesos y 53 procesos”.

En los comicios de 2024 se elegirán más de 20 mil cargos de elección popular de los tres niveles de gobierno: federal, estatal y municipal.

En el ámbito federal se renovarán la Presidencia de la República, 128 senadurías y 500 diputaciones federales.

En nueve entidades se elegirá al titular del Poder Ejecutivo local: Ciudad de México, Chiapas, Guanajuato, Morelos, Jalisco, Tabasco, Puebla, Veracruz y Yucatán.

En 31 entidades se elegirán más de mil diputados locales, mientras que en 30 de ellas se votará por más de mil 900 presidencias municipales con sus respectivos síndicos y regidores.

Humphrey explica que el INE estima que la Lista Nominal de Electores (ciudadanos con derecho a votar) estará integrada por alrededor de 98 millones de personas, lo que implica “un enorme esfuerzo institucional para que toda esta población tenga la oportunidad de sufragar en una de las más de 170 mil casillas que se instalarán”.

Además, para recibir y contar los votos el día de la elección se requerirán 1.5 millones de ciudadanos que se desempeñarán como funcionarios de casilla.

De esta manera, aunque faltan cinco meses para el periodo de precampañas (segunda quincena de diciembre de 2023), los partidos políticos ya empezaron con sus procesos para elegir a su candidato presidencial.

Numeralia

98 millones de ciudadanos tendrán derecho a votar en 2024.

Seis millones de jóvenes, aproximadamente, votarán por primera vez por presidente de la República.

1.5 millones de ciudadanos contarán y recibirán los votos en el país.

170 mil casillas serán instaladas en el territorio nacional.

Nueve gubernaturas, incluyendo la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, estarán en juego.

Mil 900 presidencias municipales de 30 estados serán renovadas.

Mil nueve diputados locales de 31 Congresos serán electos.

500 diputados federales, 128 senadores y un presidente de la República serán electos.

Siete partidos nacionales podrán designar candidatos a los más de 20 mil cargos de representación popular: PAN, PRI, PRD, MC, PVEM, PT y Morena.