México, 28 de noviembre. La Cámara de Senadores emitió la convocatoria y determinó el procedimiento para nombrar a la persona que será titular de la Fiscalía General de la República, luego de que Alejandro Gertz Manero notificó que se retira del cargo.
El acuerdo de la Junta de Coordinación de la Política, que se dio a conocer al Pleno, señala que el artículo 76, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que es facultad exclusiva del Senado de la República integrar la lista de personas candidatas a ocupar la titularidad de la Fiscalía General de la República y nombrar a dicha persona servidora pública.
Destaca que el segundo párrafo del apartado “A” del artículo 102 de la Constitución dispone que para ser Fiscal General de la República se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; contar con título profesional de licenciado en Derecho con antigüedad mínima de 10 años; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso.
Y que, a partir de la ausencia definitiva del fiscal general, el Senado cuenta con 20 días para integrar y aprobar una lista de al menos 10 personas candidatas a dicho cargo, la cual será enviada a la titular del Ejecutivo Federal, que, recibida la lista, tendrá 10 días para remitir al Senado una terna de candidaturas elaborada con base en dicha lista.
El texto especifica que, si la titular del Ejecutivo Federal no recibiera la lista en el plazo de los 20 días mencionados, enviará libremente al Senado una terna para que, de la misma, el Senado elija a la persona titular de la Fiscalía General de la República.
Asimismo, establece que el Senado con base en la terna mencionada y previa comparecencia de las personas propuestas, designará a la persona titular de la Fiscalía General de la República por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en sesión del Pleno, para lo cual contarán un plazo de 10 días, y que en caso de que la persona titular del Ejecutivo Federal no remita en tiempo la terna antes descrita, el Senado contará con 10 días para designar a la persona titular de la Fiscalía General de la República de entre las y los candidatos de la lista supra referida.
Sostiene que, si el Senado no hace la designación final en el plazo mencionado, la persona titular del Ejecutivo Federal podrá designar a quien encabece la Fiscalía de entre las candidaturas que integran la lista o la terna mencionadas. Asimismo, dado que el artículo ocho de la Ley de la Fiscalía General de la República, establece que en el procedimiento de designación de la persona titular de la Fiscalía se atenderá el principio de paridad a que se refiere el artículo 41 de la Constitución.
La convocatoria pública para ocupar el cargo de titular de la Fiscalía General de la República, determina que la Junta de Coordinación Política del Senado recibirá las solicitudes de aspirantes, a través del mecanismo electrónico de registro que se encontrará disponible desde la página www.senado.gob.mx, a partir de las 13:00 horas del viernes 28 de noviembre de 2025 y hasta las 13:00 horas del domingo 30 de noviembre de 2025.
Requisitos
La persona aspirante deberá presentar los siguientes documentos: solicitud consistente en escrito firmado en la que manifieste voluntad expresa de participar en el proceso de selección; currículum vitae con fotografía actual; escrito firmado en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido condenada por delito doloso; escrito firmado en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad.
Así como no haber sido inhabilitada para el ejercicio de cargos públicos de la federación o en alguna de las entidades federativas; para el caso de que su candidatura se encuentre apoyada por alguna universidad, instituto de investigación, asociación civil u organización de la sociedad civil deberá adjuntar escrito que así lo acredite; ensayo firmado con un máximo de 10 cuartillas escritas en letra tipo “Arial” tamaño 12, con interlineado sencillo.
Además de copia del acta de nacimiento, credencial para votar con fotografía por ambos lados, expedida por el Instituto Nacional Electoral, título profesional de Licenciatura en Derecho con antigüedad de al menos 10 años, cédula profesional, y documentos que acrediten el currículum vitae.
La Junta de Coordinación Política realizará la verificación de los expedientes de las personas que presentaron sus candidaturas el martes 2 de diciembre de 2025, y seleccionará al menos a 10 personas que, por conducto de la Mesa Directiva, pondrá a consideración del Pleno del Senado para su votación ese mismo día.
En caso de no obtener el voto aprobatorio de las dos terceras partes de los miembros presentes, se realizará de manera inmediata una segunda votación. Si en esta no se alcanza dicha mayoría, la Junta de Coordinación Política presentará una nueva propuesta en la misma sesión que se someterá al Pleno y, una vez aprobada la lista de al menos 10 candidaturas, se remitirá a la titular del Ejecutivo Federal para los efectos de la Constitución Política.
En la sesión que se dé cuenta al Pleno del Senado de la terna enviada por la titular del Ejecutivo Federal, previa comparecencia de las personas propuestas se designará al Fiscal General de la República por medio del voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.

