El Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el acuerdo por el que se reforman diversos artículos del reglamento interno, sobre las formas y requisitos para presentar una queja, así como otras disposiciones.
El documento, publicado este jueves en el Diario Oficial, detalla que se aprobó modificar la denominación del capítulo II del título IV; reformar los artículos 42; 76, 80, 81, 82 y 176, fracciones II, III y IV.
La reforma al Artículo 80 sobre los requisitos de admisibilidad de la queja, señala que esta se podrá presentar en lengua distinta al español cuando la persona no hablen o entiendan de manera correcta el idioma o pertenezcan a un pueblo o comunidad indígena.
También se formulará de manera oral, por escrito o por lenguaje de señas mexicanas; presentarse por cualquier medio de comunicación eléctrica, electrónica o telefónica y a través de mecanismos accesibles para aquellas personas que presenten alguna discapacidad.
El documento establece que en los casos urgentes la queja se podrá recibir por cualquier medio de comunicación electrónica, telefónica, o presentarse de manera verbal ante cualquier servidor público de la CNDH.