El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Julio César Moreno Rivera, informó que esa instancia legislativa alista el dictamen de la minuta sobre el acotamiento del fuero para servidores públicos enviada por la Cámara de Senadores.
Al afirmar que por primera vez en la historia un funcionario público con fuero que cometa algún delito podrá ser sujeto a proceso penal, adelantó que se modificará el concepto de fuero por el de inmunidad.
“Es decir, que el fuero es sólo para la libre expresión de las ideas, no para ser utilizado y cometer impunemente delitos del orden penal y no responder ante una autoridad judicial”, explicó el legislador federal.
Indicó que el dictamen prevé reformas a los artículos 61, 111 y la derogación del segundo párrafo del Artículo 112 constitucional, para precisar que los diputados y senadores no podrán ser sujetos a proceso ni a juicio por manifestar sus ideas, y que “la inmunidad será durante el tiempo en que el legislador ejerza su cargo”.
Añadió que el presidente de la República gozará de inmunidad, y se aplicará la misma norma y el mismo procedimiento, pero la Cámara de Diputados obrará como cámara de origen para resolver sobre el pedido judicial y el Senado será la cámara revisora.
Moreno Rivera señaló que gozarán de inmunidad los diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y los consejeros de la Judicatura Federal.
También los secretarios de Despacho, los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, el procurador General de Justicia del Distrito Federal, el consejero presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE).
Agregó que por tanto, no podrán ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo, sin embargo, dichos servidores públicos podrán ser sujetos a proceso penal, y mientras éste se realice podrá seguir en su cargo.
Además, las medidas cautelares que el juez determine no podrán consistir en privación, restricción o limitación de la libertad, puntualizó el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Explicó que “el fuero ha sido utilizado para la libre expresión de las ideas y se ha abusado del concepto, pues podías cometer algún delito del orden penal y no pasaba nada”.
“Ahora, con esta reforma, el servidor tendría que comparecer ante un Ministerio Público, y cuando el juez dicte sentencia, solicitará a la Cámara de Diputados el retiro de la inmunidad para que el sentenciado cese en sus funciones y quede a disposición de la autoridad correspondiente”, explicó.
El diputado señaló que la Cámara de Diputados resolverá con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros presentes sobre el pedimento judicial dentro de los 10 días hábiles a partir de la presentación de la petición.
Reiteró que por primera vez en la historia, un funcionario público con fuero, ya sea diputado, senador, ministro, magistrado, secretario de Estado, jefe de Gobierno o hasta el propio Presidente de la República, que cometa algún delito podrá ser sujeto a proceso penal.