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Se trata del proyecto de vanguardia, primero en su tipo en América Latina
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La comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, participó en el panel Latin American Regulatory Update
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Se perseguirá de oficio este tipo de prácticas y el delito será imprescriptible
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Destacan en Foro la trascendencia que existe para elaborar la primera ley en el país
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Once países latinoamericanos le pidieron a Venezuela que “garantice el derecho a la manifestación pacífica”
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“Será un mandatario sin auténtico mandato y un sucesor de un dictador”, expresó
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Cuenta con tres celdas solares retráctiles
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Solicitan un programa de manejo para la protección, conservación y aprovechamiento sustentable, no extractivo de la especie
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Con la finalidad de facilitar a la ciudadanía exponer sus argumentos ante diversos juicios en los que se encuentren inmersos sin necesidad de trasladarse de manera física hasta la ciudad de Monterrey, Nuevo León, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) llevó a cabo su primera audiencia de alegatos en modalidad virtual.
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En sesión pública del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió seis recursos de apelación, mismos que “fueron instados por los partidos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, Morena, de la Revolución Democrática, Encuentro Social y Acción Nacional, a fin de controvertir el Acuerdo IEEM/CG/73/2017, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, por medio del cual se le otorga el registro como candidato independiente a Isidro Pastor Medrano”.
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La Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) informó que “concluyó la revisión de los informes de ingresos y gastos del periodo de precampaña en Coahuila, Estado de México y Veracruz, sin que se detectara el rebase de tope de gastos por quienes contienden por algún cargo de elección popular”.
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A efecto de prevenir la coacción o presión en el electorado, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) reitera que “el voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible, y las leyes electorales prohíben cualquier acto que obligue, coaccione o induzca a la ciudadanía a abstenerse de votar o revelar por cualquier medio el sentido del voto emitido, intentando o pretendiendo violar la secrecía del voto”.
