Triunfo de la libertad

Concede amparo la Suprema Corte para autoconsumo de marihuana.

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Foto: NTX
Política
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En una sesión llevada a cabo en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se resolvió aprobar el amparo que solicitaron cuatro personas para el uso de marihuana con fines recreativos, así como su siembra y utilización para consumo personal.

Ello significa que a esas cuatro personas la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) deberá concederles permiso para autoproducir y autoconsumir marihuana, aunque no para su comercio ni distribución.

A juicio de litigantes, legisladores, empresarios, políticos, expertos y promotores de dicho amparo, esta determinación realizada por el máximo tribunal del país establece un precedente histórico para las libertades individuales de los ciudadanos frente a políticas restrictivas por parte del Estado.

Y sobre todo, coinciden, abre el camino para garantizar sin restricciones la libre determinación de las personas a elegir sobre su cuerpo, siendo así este un precursor para la protección inalienable de sus derechos humanos.

Cabe insistir, de acuerdo con los expertos, en que esta decisión solo hace efecto para los cuatro ciudadanos que se ampararon, sin tener derivación para el resto de los mexicanos, y faltan otras resoluciones de amparos en el mismo sentido para que se establezca la jurisprudencia que sustentan los artículos 192 a 197-B de la Ley de Amparo, que se define como una figura procesal relativa al juicio de amparo y tiene como finalidad crear certidumbre jurídica para que casos que son puestos a consideración de juzgadores sean resueltos en igual sentido y así evitar criterios contradictorios.

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Tejidos

El tema que se debatió en la Suprema Corte en las últimas semanas, en realidad desde hace años se colocó en el centro de la agenda pública de México.

Pero es ahora que la demanda presentada por la asociación civil Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART) ante la SCJN exigiendo la impugnación de las leyes que prohíben el autocultivo y autoconsumo de marihuana, finalmente surte efecto.

Cuatro de los cinco integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte se expresaron a favor de declarar la inconstitucionalidad de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, donde se establece la prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones “para la realización de actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos”.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea fueron los ministros que votaron a favor, mientras que el único sufragio en contra fue de José María Pardo Rebolledo.

En la exposición, la Suprema Corte se encargó de explicar en su fallo que esta decisión solo se aplica para los integrantes de la SMART que interpusieron la demanda: Josefina Ricaño Bandala, Armando Santa Cruz González, José Pablo Girault Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo.

También aclaró que de ningún modo “supone la autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiere a la enajenación y/o distribución de las sustancias aludidas”.

Arturo Zaldívar, el ministro que tomó el caso, explicó: “Hay que tener en cuenta varios puntos. Primero, tiene efectos relativos para los cuatro quejosos. Segundo, es exclusivamente para el autoconsumo. No habilita el comercio. Tampoco significa que podría realizarse el acto de consumo frente a terceros sin su consentimiento”.

Zaldívar agregó: “De ninguna manera se ha dicho que la marihuana sea inocua. Lo que se sostiene en el fallo es que la medida extrema de la prohibición no tiene correlación con los daños que produce según los conocimientos comprobados científicamente”.

En su turno, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz consideró que “cada persona puede decidir lo que quiere hacer en su estado individual” y afirmó que la decisión de sus compañeros avala por sobre todas las cosas “el derecho a la libertad de conciencia, de dignidad”.

Se trata de la doctrina constitucional que considera “el libre desarrollo de la personalidad”, señaló.

Y agregó Gutiérrez Ortiz: “Es indudable que el consumo de cualquier droga genera un problema de salud, pero desde el punto de vista constitucional no existe ningún elemento para afirmar que el Estado deba prohibir su uso individual. Es inconstitucional la prohibición absoluta del consumo de marihuana. Hay que tener en cuenta, de cualquier manera, los límites de edad, tal como se hace en el alcohol y el tabaco”.

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Referentes

Unas horas antes de que se diera el fallo de la Suprema Corte, el empresario Ricardo Salinas Pliego escribió en su cuenta de Twitter algunos comentarios sobre lo que determinarían los ministros. En @RicardoBSalinas escribió: “Espero que hoy la @SCJN tome la decisión de dar un paso hacia adelante y terminar con una prohibición contraproducente. #Marihuana”.

Ya una vez resuelto el tema en la SCJN, el ex presidente Vicente Fox consideró a su vez que el fallo que amparó a cuatro personas para el consumo lúdico y recreativo de la marihuana es una oportunidad formidable para que el gobierno defina una política pública en torno de este tema, más allá del simple debate.

Fox dijo que el gobierno debe actuar en consecuencia y estar del lado de la Suprema Corte, desde donde viene “este llamado de atención, un jalón para que todos nos pongamos las pilas y entremos más al debate y a acciones concretas para manejar el tema”.

Lo que hicieron estas cuatro personas, añadió, “tenía que suceder en México. Esto obliga al gobierno a actuar en consecuencia, es un derecho confirmado para cuatro personas que obliga a la autoridad a actuar”.

Fox calificó como discriminatorio que esta resolución beneficie solo a cuatro personas. “Qué bueno que se abrió esta ventana para proteger el derecho de cuatro personas, pero parece discriminatorio que no sea para todo el mundo; aunque una vez abierta la discusión en este tema, tienen que entrar todos los mexicanos y evitar cualquier viso de discriminación”, aseguró.

Andrés Aguinaco, abogado constitucionalista y promotor del amparo, dijo en tanto que “ahora sí entramos a los anales de la historia con un momento en que los mexicanos nos estamos emancipando de un Estado paternalista. El Estado ya no puede imponernos un modelo de vida sino que cada mexicano mayor de edad, con uso de razón, puede decidir qué es lo mejor para su proyecto de vida”.

El también fundador del Centro Estratégico de Impacto Social auguró que con la decisión “la Suprema Corte mandó una señal inequívoca al Congreso de la Unión de que su política contra los enervantes, de que sus leyes penales violan derechos humanos. Y si el Congreso próximamente no toma nota de esto y empieza a legislar, el Estado mexicano estaría incurriendo en responsabilidad porque tendría vigente una ley que viola derechos humanos, y las violaciones a derechos humanos se tienen que reparar y sancionar íntegramente”, detalló Aguinaco.

Para los sectores que han tomado esta noticia con reserva, Aguinaco expuso que “México no empezará a regalar estupefacientes a los niños, no se trata de eso. Es tratar a todos los mexicanos como seres responsables. Y ahora vamos a tratar el problema de las drogas como un problema de salud y no un problema militar”.

Se le llama, puntualizó, “derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la dignidad humana, a la autodeterminación. Pero todos esos conceptos abonan a la misma idea de que cada ser humano es el mejor juez y el mejor para decidir qué hacer con su vida”.

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Propósitos

Integrantes de la agrupación que obtuvo el fallo argumentaron que el objetivo del juicio no fue aumentar o promover el consumo de este estupefaciente en el país.

“No estamos por aumentar el consumo de enervantes ni estamos por propagar que los estupefacientes se vendan como golosinas en el supermercado: estamos por reconvertir y regresarle al Estado su capacidad regulatoria en materia de drogas”, afirmó Francisco Torres Landa, fundador de la SMART.

El activista recordó que el amparo fue solicitado por los fundadores de la SMART, por miembros de México Unido Contra la Delincuencia y por el Centro Estratégico de Impacto Social.

Torres dijo que solicitaron el amparo con el objetivo de dejar de criminalizar a las personas que consumen marihuana y en lugar de ello impulsar políticas públicas que permitan reducir la violencia que genera la venta ilegal de estupefacientes.

“El Estado recuperará su capacidad regulatoria. Es más fácil regular que meter a la cárcel bajo el actual esquema prohibitivo. El fallo de la Suprema Corte sienta la base jurídica para que otros consumidores puedan solicitar amparos para el autoconsumo lúdico… Pero si se desatan peticiones mal fundamentadas, se puede echar abajo lo que ya se logró”, asumió.

La coordinadora de Morena en la Cámara de Diputados, Rocío Nahle García, aseguró a su vez que el fallo de la Suprema Corte abrirá un debate sobre el libre uso de la marihuana y planteó la necesidad de cuestionarse si el país está listo para esta apertura.

“El uso de la marihuana con fines recreativos puede permitirse siempre y cuando se utilice con responsabilidad; pero en este país todo es irresponsable, todo es corrupción”, apuntó la legisladora.

Sostuvo que “no hay base social ni moral que te pueda conducir en una forma transparente, viable en esta apertura. Hay que preguntarnos si estamos preparados (para esto) como país”, aseveró.

Para el líder parlamentario del PRI en la cámara baja, César Camacho, esto establece un antecedente para el futuro proceso legislativo sobre el tema. “Una decisión judicial de esta naturaleza puede ser el precedente de un cambio en la ley, de modo que no solo sea un tribunal el que lo determine”, admitió.

Y argumenta el diputado priista:

“Nos importa (la discusión) porque hay una mezcla de valores que hay que preservar y que me parece que no son incompatibles, no son mutuamente excluyentes: el valor de la libertad, el valor de la salud individual y la salud pública”.
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La secretaria de Salud, Mercedes Juan López, consideró por separado que el hecho de que se haya aprobado a cuatro personas el amparo para el autocultivo y autoconsumo de marihuana no significa que esto sea una legalización.

Señaló que la decisión de la Suprema Corte a favor del amparo de cuatro personas no es tampoco una autorización para producir y comercializar este producto.

Abundó que la Secretaría de Salud será respetuosa del fallo de la Suprema Corte, “aunque nuestros enfoques son diferentes”. La Secretaría de Salud, indicó, continuará con todas las acciones de regulación que se tienen con la Ley General de Salud, por lo que esperarán a ver cuáles son las condicionantes que da este amparo.

“En función de esas condicionantes, la Cofepris —que depende de la SSA—actuará en consecuencia, de acuerdo a los requisitos que deben establecerse para el autoconsumo de una persona”, dijo Mercedes Juan.

Destacó que son respetuosos respecto de lo que se estableció en la SCJN y tocará al Poder Legislativo actuar en función de los cambios a la Ley General de Salud. “El Poder Ejecutivo continuará fortaleciendo la regulación sanitaria y, como lo estamos haciendo, actuará directamente en las entidades federativas, en municipios, para reforzar las acciones de prevención”.

La Secretaría de Salud, insistió, “seguirá velando por la salud del país y este debate no significa que se pueda hacer uso o consumo de la marihuana delante de niños o terceros cuando estos no lo han aprobado”.

Finalmente, el empresario Armando Santacruz, miembro de la SMART y promotor del amparo, resumió así el contexto en el que se da la resolución y el debate sobre el autocultivo de marihuana para usos personales: “Lo peor que puede ocurrir con una sustancia peligrosa es que el Estado abdique de su responsabilidad y deje en manos del crimen organizado su control”.

La histórica sentencia de la Suprema Corte abre, pues, una vía para el cambio.

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