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En el Congreso de la Ciudad de México se pretende reformar el artículo 226 del Código Nacional de Procedimientos Penales con el propósito de beneficiar —tan solo en esta capital— a más de 481 mil personas discapacitadas para que tengan derecho a presentar una querella sin necesitar de un representante legal. Sería genial. ¿A poco no?
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Se omitió el nombramiento de tres comisionados del Instituto
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Diputados locales de Movimiento Ciudadano acompañados de su dirigencia e integrantes de ese instituto político fueron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a presentar una acción de inconstitucionalidad en contra de lo que han denominado cláusula de vida eterna de los partidos, para evitar perder su registro en la Ciudad de México. ¿Qué le parece?
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“El país cuenta con un cuerpo de seguridad superior en efectivos operativos a la fuerza armada permanente”.
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Aclara que no es aplicable esa medida por decisiones de otros poderes
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En 2020 se ordenó expedir una ley para derecho a consulta
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En cumplimiento al artículo 127 constitucional.
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La democracia necesita de la virtud si no quiere ir contra todo lo que pretende defender y estimular.
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Al declarar la inconstitucionalidad por presuntos vicios de procedimiento, la SCJN sustituye indebidamente al Poder Legislativo, dice.
