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Intenta revertir un fallo en contra de prohibir temporalmente la emisión de visas a ciudadanos de de seis países musulmanes
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La canciller prometió continuar con los lazos de cooperación entre Alemania y Francia.
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Durante diez días de negociaciones los funcionarios buscarán como aplicar el Acuerdo de París de 2015
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Ocasionan desde un aborto, nacimiento prematuro, rotura de membranas y problemas vaginales, hasta caries dental
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Macron, quien se presentó como candidato independiente de partidos políticos, obtuvo el 65.1 por ciento de los votos
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Un importante hito en el desarrollo de la industria de aviación civil de China
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Fueron detenidos 85 oficiales de la Fuerza Armada, ante su descontento por el desempeño de la Guardia Nacional
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) “ordenó —por mayoría de votos— la suspensión de los promocionales “Hagamos historia” y “Espuma”, en los que aparece el dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador, y que fueron transmitidos en radio y en televisión por ese partido para el periodo de campaña electoral en el estado de Veracruz, toda vez que —bajo la apariencia del buen derecho— podrían constituir un uso indebido de la pauta al no hacer referencia a ningún candidato o al tipo de elección que se desarrolla en la entidad”.
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que “el gobierno federal no vulneró la normativa electoral a través de la difusión de promocionales en radio, televisión e internet, relativos a programas sociales y logros de gobierno, durante la etapa de precampaña e intercampaña en el proceso electoral que se desarrolla en el Estado de México, ya que no existe prohibición constitucional y legal para su promoción en esos periodos”.
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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) recibió el Informe sobre el registro de operaciones de ingresos y gastos de campaña en el Sistema Integral de Fiscalización (SIF) al 1 de mayo de 2017, el cual da cuenta del incumplimiento de 40% de los candidatos y partidos políticos en el reporte de sus operaciones de ingresos y gastos, lo que podría limitar la fiscalización en tiempo real establecida en la ley electoral.
